Leyes Universales - 3ª Parte

De una manera general, podemos definir la ley como siendo una directriz de conducta que, si no es cumplida, acarrea penalidades al faltoso. Esas penalidades deben ser proporcionales al alcance del perjuicio causado por la falta y, de tal forma que, para el individuo sometido a una ley, sea mucho más sensato obedecerla que no cumplirla.

A primera vista, esa definición puede ser considerada válida para los dos tipos de leyes a las que una persona está sometida: las leyes terrenas, instituidas por la voluntad humana, y las leyes de la Creación, o leyes universales, instituidas por la Voluntad del Creador. Las aparentes semejanzas entre ambas, sin embargo, terminan aquí.

Las leyes humanas rigen la vida en sociedad de una persona, mientras esté aquí en la Tierra. Las leyes universales condicionan la existencia del ser humano, esté todavía aquí en la Tierra, o en otro plano de la Creación.

Las leyes humanas son intrínsecamente imperfectas, y por ese motivo, mutables, tanto en el tiempo como en el espacio. Una ley promulgada hace un mes, puede no ser vigente hoy, y la legislación de un país no se aplica a otro. Ya las leyes de la Creación son absolutamente perfectas, y por eso no están sujetas a ninguna alteración. Jamás podrán ser ampliadas, reducidas o revocadas. Mucho menos perfeccionadas. Existen desde el inicio de los tiempos y permanecerán eternamente las mismas. Inmutables, inalcanzables e incorruptibles.

Es imposible, para cualquier persona, tener conciencia de todas las leyes humanas a las que está sometido, durante su pasaje de algunos años aquí por la Tierra, tal su número y complejidad. Las leyes que rigen a la Creación, al contrario, son pocas y simples. Son la propia simplicidad. Pueden ser comprendidas perfectamente por cualquiera, independiente de su nivel de instrucción. Y tampoco podría ser distinto, ya que a ellas está sometidas todas la criaturas, y también el propio espíritu humano, poco importando si en la Tierra es analfabeto o phD.

Las leyes humanas son fallas por naturaleza, pues son producto exclusivo del intelecto limitado. Están repletas de brechas que permiten no cumplirlas, sin que esto acarree al infractor ninguna sanción. Están sujetas a conjunciones políticas, interpretaciones dubias y contribuyen a la especialización creciente de consultores, que enseñan a burlarlas legalmente. Con relación a las leyes universales, nunca existió, ni jamás existirá, un único caso en que una criatura no haya dejado de cumplir alguna de ellas, sin que, inmediatamente no quedara sometido a las consecuencias de este incumplimiento.

Por ser pocas, extremamente simples, absolutamente lógicas y tan incisivas para la existencia del ser humano, no hay ninguna disculpa para su incumplimiento bajo la alegación de ignorancia. El no cumplir esas leyes por desconocimiento, hasta puede ser una circunstancia agravante, pues demuestra que el infractor – podríamos decir también el pecador – no estaba interesados en ellas, ni hizo el menor esfuerzo por asimilarlas o cumplirlas. El “no esforzarse” equivale a “no moverse”, lo que se constituye una desobediencia consciente de la ley del movimiento.

Cumplir las leyes de la Creación equivale a ajustarse a la Voluntad del Creador, que las instituyó. Y esta Voluntad establece que, en sus caminos de desarrollo en la Tierra, y en otras partes de la Creación, el ser humano deberá encontrar apenas alegría, felicidad y paz bienaventurada. No cumplir esas leyes, significa actuar en contra de la Voluntad del Creador, lo que hace que el ser humano traiga para si mismo, exactamente aquello de lo que las mismas tratan de protegerlo: dolor, angustia, sufrimiento y toda suerte de desgracias.

Cuanto más elevado espiritualmente sea el ser humano, cuanto más sabio se vuelva, tanto más incondicionalmente se someterá a esas leyes universales, pues así le queda, de antemano, asegurada la felicidad. Esta es la más grande sabiduría a que el ser humano puede aspirar. Es el supremo arte de vivir.

Roberto C. P. Junior